Esta investigación es tributaria de otra mayor, Responsabilidad empresarial en delitos de lesa humanidad. Represión a trabajadores durante el terrorismo de Estado, realizada en conjunto por la Secretaría de Derechos Humanos y el Programa Verdad y Justicia -Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación-, el Área de Economía y Tecnología de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y el CELS, entre 2014 y 2015.
Los primeros rastros de la responsabilidad empresarial en delitos de lesa humanidad son identificables en los inicios del proceso de memoria, verdad y justicia: la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (Conadep) y el Juicio a las Juntas registraron testimonios de trabajadores que habían protagonizado conflictos laborales y que señalaron la responsabilidad de dueños y directivos de las empresas en sus secuestros.
En 1984, el informe Nunca Más, elaborado por la Conadep, registra la existencia de un centro clandestino de detención en los conventillos en los que vivían los trabajadores del Ingenio La Fronterita en Tucumán y el testimonio de los obreros de Acindar, en Santa Fe, que da cuenta de la participación de la empresa en la represión y del funcionamiento de un destacamento policial que fue usado como centro clandestino de detención. En 1985, la sentencia del Juicio a las Juntas, primera comprobación judicial del plan sistemático de exterminio desplegado por la dictadura, logró determinar los secuestros de varios trabajadores de Mercedes Benz.
La represión a los trabajadores también fue puesta de manifiesto en testimonios brindados en los Juicios por la Verdad. En 1998, un trabajador de Alpargatas explicó que fue secuestrado durante una huelga y que los policías que se lo llevaron le dijeron “que los tenía que acompañar porque había una denuncia de la fábrica de alpargatas”. En el año 2003, otro trabajador relató que al volver a la fábrica luego de su secuestro el jefe de personal le dijo “no, quedate tranquilo… con vos no tenemos nada… ”.
Las investigaciones del secuestro y desaparición de trabajadores de las empresas Ford y Mercedes Benz comenzaron en 2002, con los primeros pasos de la reapertura judicial de las causas por delitos de lesa humanidad luego del periodo de impunidad que se había iniciado a mediados de los años 80 con las leyes de Obediencia Debida y Punto Final. En ambos casos había ya gran cantidad de elementos que apuntaban a directivos de las empresas.
Durante la transición democrática, las Fuerzas Armas fueron identificadas como el principal actor responsable del terrorismo de Estado. Desde la década del 90, y con más impulso a principios de 2000, se instaló públicamente como una clave central de este proceso la responsabilidad en los hechos de sectores de la sociedad, la prensa, la Iglesia y la clase política. En la última década, la consolidación del juzgamiento de los miembros de las Fuerzas Armadas y de seguridad y la reconstrucción de la verdad permitieron avanzar en el esclarecimiento de las responsabilidades de sectores civiles.
Acindar
1
Los trabajadores de Acindar no sospecharon nunca que las fotos tomadas en 1975 para renovar el carnet de la fábrica iban a ser usadas como fichas de identificación por los militares que secuestraron a muchos de sus compañeros durante la última dictadura. Las habían mandado a tomar los directivos de la empresa para actualizar las fotografías del personal.
Uno de los operarios contó que en una oportunidad su jefe de sección lo llamó para que se tomara la foto de la nueva credencial, pero nunca recibió ese documento. A las dos semanas, en cambio, la policía lo fue a buscar a su casa. Los agentes que lo secuestraron llevaban como lazarillo la foto que le habían tomado en la fábrica.
Mercedes Benz
2
–Ratto, te llaman de tu casa.
La mentira del hombre de vigilancia era improvisada porque la familia de Héctor Aníbal Ratto no tenía el número de la fábrica Mercedes Benz y jamás lo habían llamado. Ratto se imaginó que lo estaban buscando para secuestrarlo y puso una excusa para no ir hasta el teléfono. Un momento después el capataz intentó hacerlo salir del taller, otra vez sin suerte. Era el 13 de agosto de 1977.
Ratto dejó su lugar de trabajo solo cuando le dijeron que lo estaba esperando Ronaldo Tasselkraut en su oficina. Era el gerente de producción. Allí lo detuvieron. Antes de que lo trasladaran escuchó a Tasselkraut indicar a los agentes de las fuerzas de seguridad la dirección de su compañero de trabajo Diego Núñez. A las pocas horas, Núñez fue secuestrado de su casa. Días después, el 31 de agosto, los directivos dejaron asentado que “la marcha de la producción en la fábrica se había normalizado” y aprovecharon para incrementar el ritmo de trabajo y realizar nuevos despidos.
Molinos Río de la Plata
3
Los patrones de la empresa hicieron una advertencia que sonó a amenaza: era la “última oportunidad” que tenían los delegados para retirarse “voluntariamente” de la planta. Se quedaron.
A las pocas horas un grupo numeroso de militares ingresaron a las instalaciones y pasaron sección por sección secuestrando a los trabajadores que tenían registrados en una lista con membrete de Molinos Río de la Plata. Eso ocurrió el 7 de julio de 1976.
Antes de la dictadura, la DIPBA, Departamento de Inteligencia de la Policía de la provincia de Buenos Aires, ya había hecho inteligencia en la empresa. Uno de sus informes se tituló “Infiltración de izquierda en la planta Avellaneda de Molinos Río de la Plata”. Durante esos años los trabajadores denunciaron amenazas, golpizas y hasta secuestros por unas horas dentro de la planta. Con la dictadura, los reclamos de los trabajadores terminaron en secuestros y desapariciones.
Ledesma
4
“Este es el zurdo que le hizo el paro a la empresa por quince días. De esta cabeza nace el paro por tiempo indeterminado que sufrió Ledesma, es esta porquería, el Gordo Saracho y Mario Ernesto Ricci, y por culpa de esta porquería el ingenio tuvo que tirar toneladas de caña de azúcar”. Eso escuchó Raúl Osvaldo Tapia mientras lo torturaban el 3 de abril de 1976. Trabajaba en el Ingenio Ledesma y había promovido denuncias y reclamos contra la empresa.
Ledesma es en la actualidad una de las empresas agroindustriales de capitales nacionales más importantes del país y de América Latina. El centro de sus actividades está en Libertador General San Martín, departamento de Ledesma, Jujuy. Por su dimensión es el principal actor social y económico de la región.
En la construcción de ese poderío económico fueron muy importantes los beneficios y prebendas que la empresa recibió del Estado. Durante la dictadura de Onganía y en la década de 1970 Ledesma se ubicó a la cabeza del grupo de empresas beneficiadas por las políticas estatales que posibilitaron un proceso de concentración y centralización de la economía.
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La Veloz del Norte
5
Víctor Cobos era chofer y delegado gremial de La Veloz del Norte. En uno de sus recorridos habituales, el 21 de enero de 1977, subió una persona al micro y propuso pagar el pasaje sin que le dieran boleto. Cobos se negó. Al rato subió el dueño de la empresa, Marcos Levín, junto a dos policías, y le pidió el boleto a la persona en cuestión. Cuando se dio cuenta de que Cobos le había dado el boleto, fue hacia él y le dijo “mañana vas a ver… ya te vas a enterar”. Cobos estaba acostumbrado a los aprietes de Levín. Durante un paro general de transporte ya lo habían perseguido con un auto de las fuerzas de seguridad y le habían barrido el auto a balazos.
Al día siguiente del encuentro con el dueño de La Veloz del Norte, Cobos fue detenido por una denuncia fraguada vinculada con el cobro de pasajes sin extender boletos. Detenido, fue torturado durante varios días por los policías que acompañaban a Levín. Cuando fue puesto en libertad, lo primero que hizo fue ir a la empresa. Le pagaron los quince días que había trabajado en enero y le entregaron un certificado de despido. Desde ese momento no pudo conseguir trabajo en Salta, por lo que tuvo que irse de la provincia. El hermano de Víctor, de 17 años fue asesinado por un grupo de tareas el 25 de septiembre de 1976 en su casa.
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Los hechos que se investigan en estas causas no son delitos económicos, sino delitos de sangre que fueron cometidos por actores económicos. Los crímenes que se les imputan a estos empresarios y directivos de empresas son privaciones ilegales de la libertad, tormentos y homicidios, los mismos delitos por los que fueron acusados la mayoría de los militares y agentes de las fuerzas de seguridad involucrados en el terrorismo de Estado. Marcos Levín, el dueño de La Veloz del Norte, fue condenado como partícipe necesario de la privación ilegal de la libertad y los tormentos de un delegado gremial.
Pruebas
Las investigaciones judiciales por la responsabilidad empresarial en este tipo de delitos tienen características particulares y novedades probatorias.
Los testimonios de los trabajadores suelen ser la evidencia más importante en los casos. En el caso de la empresa Mercedes Benz, uno de los principales puntos de la acusación es un testimonio que narra cómo el gerente de producción de la empresa le dio el domicilio de un obrero a las fuerzas represivas. En La Veloz del Norte, la condena a Levín se basó, en gran medida, en el detallado relato de los trabajadores que fueron detenidos y explicaron la persecución del dueño de la empresa contra los obreros sindicalizados, su presencia en el lugar de las torturas e incluso las indicaciones que Levín dio a quienes aplicaban picana. En el caso del Ingenio Ledesma, las víctimas pudieron observar que las camionetas de Ledesma se usaron para secuestrar y trasladar a una enorme cantidad de personas, muchas de ellas trabajadores del ingenio con actividad sindical.
Además de las pruebas directas que acreditan la responsabilidad de algunos empresarios en el terrorismo de Estado, los testimonios permiten desentrañar el contexto político, social y económico de los crímenes, que ingresa en los procesos penales como prueba indiciaria: todo hecho respecto del cual se puede inferir, por medio de una operación lógica, la existencia de otro.
La documentación de las propias empresas, en este sentido, aporta material de gran relevancia: actas de reuniones de directorio, balances y denuncias suelen registrar en detalle los conflictos laborales, el apoyo explícito de las empresas a la dictadura y, en algunos casos, las ganancias obtenidas como resultado de sus políticas económicas.
Un ejemplo elocuente es la acrta del presidente de Acindar, general Alcides López Aufranc, que acompañaba la memoria empresarial de 1975-1976: “A partir del 24 de marzo de 1976… Se restablece la disciplina laboral, se combate la subversión con toda intensidad y se encaran medidas económicas que permiten afrontar los compromisos de la deuda externa y reducir la inflación. Se limita el gasto público y se aumenta la recaudación impositiva”[1].
La documentación del archivo de la ex Dirección de Inteligencia de la Policía de la provincia de Buenos Aires (ex DIPPBA) proporciona elementos de prueba para la acusación de directivos y empresarios. Registran información que fue aportada por la empresa de manera explícita y datos que difícilmente puedan haber provenido de otra fuente como puestos de trabajo, pases de obreros de un sector a otro, rendimiento laboral de los trabajadores. En el caso de la empresa Petroquímica Sudamericana, un informe policial de mayo de 1970 revelaba que la empresa, luego de denunciar la existencia de “un pequeño grupo que quiere crear un clima de intranquilidad” en la fábrica, tomó la iniciativa para que un número de policías se infiltrara entre los obreros y así detectar “personas disolventes”.
Las declaraciones que se brindaron ante la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas conectan también el secuestro de trabajadores con la responsabilidad de empresarios. En el legajo en la CONADEP de un trabajador de la empresa Alpargatas, en Aguilares, sus familiares relataron su secuestro el 20 de julio de 1976: los miembros de las fuerzas de seguridad ingresaron a la vivienda y preguntaron por el obrero de Alpargatas. Cuando se identificó como tal, fue secuestrado[2].
Un tercer tipo de pruebas son los indicios sobre los beneficios económicos obtenidos por las empresas durante la dictadura. En el caso de la cementera Loma Negra, Jorge Rafael Videla autorizó a través de un decreto de 1977 la instalación de una nueva planta en la provincia de Catamarca y beneficios impositivos como la desgravación por diez años del impuesto a las ganancias y del impuesto sobre el capital de las empresas, además de la exención de derechos de importación. Acindar también recibió cuantiosos recursos estatales a través de los regímenes de promoción industrial; eso le permitió comprar maquinaria, adquirir otras empresas y fundar múltiples subsidiarias. También participó de la estatización de deuda privada y transfirió al Estado obligaciones por 652 millones de dólares.
La acreditación de esos beneficios, que impactaron directamente en la rentabilidad, a partir de las políticas de la dictadura pueden configurar el móvil que llevó a esos hombres de negocios a cometer los crímenes. Los empresarios favorecidos no podían desconocer lo que estaba sucediendo con sus trabajadores. Este tipo de evidencias fortalece las pruebas directas que puedan encontrarse en las causas.
En la causa contra el empresario Carlos Pedro Blaquier y el administrador Alberto Lemos por secuestros, los imputados fueron beneficiados con una falta de mérito por la Cámara Federal de Casación Penal, que sostuvo que, si bien estaba probado que el Ingenio Ledesma aportó las camionetas que se usaron para secuestrar a personas, no se pudo acreditar que Blaquier y Lemos supieran que los vehículos se usarían con ese fin. La decisión desconoce que Ledesma era la empresa más grande de la zona y que estaba llevando adelante una persecución política y sindical contra los dirigentes gremiales y que Blaquier intervenía personalmente y controlaba todas las cuestiones de la empresa. Los secuestros se produjeron en distintos días y fueron difundidos desde que ocurrió el primero de ellos, por lo que es innegable que Blaquier y Lemos estuvieron al tanto. Más que un problema de prueba o de desarrollo jurídico, alrededor de los responsables civiles se levantan obstáculos de tipo político para avanzar en los procesos. En el caso de Blaquier, es uno de los empresarios más poderosos del país.
Atribución de responsabilidades
¿Cuáles son los criterios de atribución de responsabilidad que se aplican a los empresarios en estos delitos? Podemos calificar su participación en: complicidad –primaria o secundaria–, instigación o coautoría. No es lo mismo un empresario que dio las direcciones de los trabajadores para que fueran secuestrados, que uno que estuvo presente durante las torturas. El análisis se debe hacer caso por caso.
Para considerarlos cómplices, debe probarse que los empresarios hicieron un aporte –necesario o no– a los secuestros, con conocimiento de lo que hacían. Esta forma de atribución de responsabilidad parece ser la aplicable a los casos de los imputados en las causas Ford y Mercedes Benz.
La condena a Marcos Levín como partícipe necesario es un antecedente insoslayable para pensar cómo se atribuyen las responsabilidades penales. Varios de los trabajadores de la empresa La Veloz del Norte, que fueron secuestrados y torturados, vieron a Levín en la comisaría donde estuvieron cautivos. El empresario también dio vehículos para que los trabajadores detenidos de manera ilegal fueran trasladados desde Tucumán. Los jueces del tribunal señalaron que “Levín tuvo el dominio del hecho en cuanto a resolver quién debía ser detenido y torturado”, lo que lo convertiría en autor, pero que no podía tenérselo por tal porque no fue funcionario público en el momento de los hechos y los delitos que se juzgaron requieren que el autor lo sea. En virtud de esa circunstancia, Levin fue tenido por cómplice necesario y no autor.
Otra posibilidad es considerar la conducta de los empresarios como instigación. Para eso es necesario probar que los empresarios empujaron a los militares a realizar los secuestros. Esto parece difícil de comprobar y, además, desdibujaría el rol que tuvieron las fuerzas armadas en la represión. En determinados casos, sin embargo, podemos hablar de instigación. Los propios militares lo advirtieron, según se puede leer en un documento desclasificado por el Departamento de Estado de los Estados Unidos: “Autoridades de Seguridad comentaron recientemente a la embajada… que están teniendo mucho más cuidado que antes cuando reciben denuncias de los directivos sobre supuesto activismo terrorista dentro de las plantas industriales, que podrían ser en realidad apenas casos de legítimo (aunque ilegal) activismo gremial”.
Por último, se podría imputar a los empresarios como autores. Tenemos que considerar que los militares –que indudablemente son los autores de los delitos– fueron juzgados y condenados en base a dos criterios: la autoría por aparato de poder y la coautoría funcional. La primera exige que haya estructuras organizativas estatales y jerarquías que constituyan un aparato de poder de estructura vertical, por el que descienden sin interferencia las órdenes de los estratos superiores, que se pruebe la participación de la persona en el hecho (por ejemplo: haber empleado esa organización para producir un secuestro) y el carácter de intercambiables de los ejecutores directos de las órdenes. Dado que los imputados en las causas que analizamos son gerentes y no pertenecen al ámbito militar, es difícil sostener que hayan podido “utilizar” a los militares para lograr los secuestros. En concreto, desde el punto de vista jurídico, un gerente o un empresario no pueden dar órdenes a un soldado. Este es el criterio que empleó la jueza Vence en el caso Ford para descartar este criterio de imputación.
La idea de autoría por aparato de poder, no obstante, se aplicó en casos de crimen organizado e, inclusive, a empresas. Por eso podríamos entender que, respecto de la represión en las fábricas, el aparato de poder se integró también con empresarios y gerentes, siempre que pueda establecerse que realizaron –a sabiendas– una colaboración en el funcionamiento del aparato represivo.
Respecto de la coautoría funcional –realizar un delito mediante una ejecución con división del trabajo, en la que el coautor cumple una función esencial al punto tal de que podría hacer fracasar el plan si se negara a participar–, en algunas investigaciones judiciales se podría sostener que la acción de los empresarios significó el cumplimiento de un rol esencial en la ejecución del hecho. Los ejemplos sobran: permitir la instalación de un centro clandestino de detención en una fábrica (Ford), dar a los militares el domicilio de un trabajador a quien irán a secuestrar (Mercedes Benz), aportar los medios de transporte que se usarán para secuestrar a los trabajadores y trasladarlos (Ledesma, La Veloz del Norte). No se podría haber secuestrado a la misma cantidad de gente sin las camionetas de Blaquier, ni se podrían haber secuestrado a los trabajadores de Mercedes Benz en sus casas sin la dirección que aportó la empresa.
Los hechos de los que se acusa a empresarios y directivos, los medios para probarlos y las diversas formas de atribuir la responsabilidad penal que tuvieron son algunas de las claves de la discusión jurídica que se despliegan en estas investigaciones. Los actores civiles involucrados integraron el complejo entramado del terrorismo de Estado en la Argentina.
[1] AA. VV., 2015, “Responsabilidad empresarial en delitos de Lesa Humanidad. Represión a trabajadores durante el terrorismo de Estado», Buenos Aires, Editorial Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, tomo I.
[2] AA. VV., 2015, “Responsabilidad empresarial en delitos de Lesa Humanidad. Represión a trabajadores durante el terrorismo de Estado», Buenos Aires, Editorial Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, tomo II.
Proyecto financiado con los fondos Ocho por Mil de la Iglesia Valdense.
http://www.cels.org.ar/especiales/empresas-y-dictadura/?fbclid=IwAR1idgZGQXGdi4UfRHhTZnhaJ1Y7ngZjOOcOJB9jINkYjq2IfNuPZfQgjWY#acindar